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TSE de Bolivia Anuncia Coexistencia de Certificados de Sufragio

El Tribunal Supremo Electoral de Bolivia anunció una política de flexibilidad para el uso de certificados de sufragio, permitiendo a los ciudadanos presentar el documento de la primera o segunda vuelta electoral para trámites esenciales, en una situación inédita para el país.
Imagen de referencia. Foto: Internet

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia ha informado sobre una nueva disposición referente a los certificados de sufragio, tras la implementación de una segunda vuelta electoral. Fernando Arteaga, secretario de Cámara del TSE, anunció una política de flexibilidad que permitirá a los ciudadanos presentar indistintamente el certificado de la primera o de la segunda vuelta para la realización de diversos trámites oficiales.

Esta medida surge debido a que los certificados de la primera vuelta electoral mantendrán su vigencia hasta noviembre, mientras que los correspondientes a la segunda vuelta serán válidos hasta enero de 2026. En consecuencia, desde el 19 de octubre, fecha de emisión del segundo certificado, y hasta el mes de noviembre, coexistirán dos documentos de sufragio con plena validez para los procedimientos administrativos.

“Es verdad, se van a presentar ambos certificados, pero con esta, digamos, flexibilidad de que en cierto momento, si alguno no lo tiene, puede presentarlo cualquiera de los dos que esté vigente todavía”, precisó Arteaga en una entrevista con BTV. Esta alternancia busca facilitar los procesos para los ciudadanos ante la novedad de la situación.

Esta es la primera vez en la historia del país que se lleva a cabo una segunda vuelta electoral, lo que a su vez marca la primera ocasión en que dos certificados de sufragio estarán simultáneamente en vigor. El TSE ha enfatizado la naturaleza alternativa de la exigencia durante el período de coexistencia.

El certificado de sufragio es un requisito fundamental para una variedad de gestiones, incluyendo trámites bancarios, la obtención de pasaportes y la postulación a cargos públicos, lo que subraya la relevancia de esta clarificación por parte de la autoridad electoral.

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